1 de diciembre de 2023
Berazategui

Se vienen las Paso: ¿Cuánto cuesta no ir a votar?.

 Aquellas personas que no se presenten a votar en las PASO del 13 de agosto deberán abonar una multa. La ausencia en las elecciones podrá ser justificada si el votante se encontrara a 500 km del lugar de sufragio. También evitará la multa presentando un certificado médico que acredite la imposibilidad de presentarse. A pesar de ello, la no presentación en las PASO no impedirá votar en Octubre.

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 A pesar de la obligatoriedad del voto, en Argentina existen casos donde se contempla la ausencia del votante. En esos casos solo es necesario realizar un trámite que lo justifique. Aquellos que, sin motivo, decidan no emitir el sufragio en las PASO, deberán pagar la multa correspondiente.

 ¿En qué casos no es obligatorio votar?

 Quienes se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde votan. Deberán presentarse con el DNI (El día de la elección) ante la autoridad policial más cercana. Allí se les extiende una certificación escrita.

 En caso de estar en el exterior, hay que acercarse al Consulado argentino más próximo. En estos casos puede hacerse el mismo día de las elecciones o los subsiguientes. Si esto no es posible, dentro de los 60 días posteriores a la elección, ya en Argentina, se puede asistir a la Cámara Nacional Electoral (CNE) o a la Secretaría Electoral del distrito de residencia. Deberá presentarse con DNI y elementos que certifiquen la estadía en el exterior (pasaporte sellado o pasajes, por ejemplo).
 También está contemplado el caso de enfermos o imposibilitados por fuerza mayor. En estos casos, el certificado deberá ser expedido por un médico.
 Los jueces y auxiliares que, por disposición del Código Electoral, tengan que asistir a sus oficinas durante la jornada, así como el personal de organismos y empresas de servicios públicos que, por razones atinentes a su cumplimiento, deban realizar tareas que les impidan acercarse al centro de votación también están exceptuados de votar.
Una vez que se posee el certificado, hay que presentarse ante la Secretaría Electoral correspondiente. Allí se deberá justificar la abstención. El plazo de dicha presentación es de 60 días.

¿Que sucede si no justifico mi ausencia en las PASO?

Es importante señalar que el no votar en las PASO no inhabilita al votante para las generales. En octubre se podrá votar aun no habiendo participado de las Primarias. Sí es necesario justificar esta inasistencia.
 Aquellos que no justifiquen su falta aparecerán en el Registro Nacional de Infractores. Desde allí se puede obtener la factura o pagar la multa por incumplimiento.
 Desde la Cámara Nacional Electoral informaron que el valor en caso de no votar en las PASO es de $50. Asimismo, para las Generales la suma asciende a $100. Sin embargo, los montos son acumulativos. Por ello, ante una tercera infracción se tendrán que abonar $200, $400 para la cuarta y $500 desde la quinta en adelante.
 Tras el pago de la multa, la situación del votante se regulariza. Caso contrario, la CNE informa que la persona puede encontrarse con dificultades al momento de realizar trámites como créditos, solicitud de pasaporte o de registro de conducir. El dinero recaudado se destina al Fondo Partidario Permanente, administrado por el Ministerio del Interior.
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Redacción

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