El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó a las empresas prestadoras de servicios a aplicar aumentos de hasta 9,8% en febrero y de hasta 7,8% para abril en los servicios de telefonía, internet y televisión.
Así se desprende de la resolución 2393/2022, publicada este jueves en el Boletín Oficial, en la cual el Enacom estableció que las licenciatarias podrán aplicar a partir del 1° de febrero del año próximo un incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas de hasta 9,80%, y una nueva suba a partir del 1° de abril de hasta 7,80%.
De acuerdo con ese documento, para los aumentos se tuvieron en cuenta “el contexto económico” y las “dificultades que se atraviesan para todos los actores involucrados, prestadoras y público usuario”, informan los considerandos de la resolución.
En ese sentido, fundamentaron los aumentos en “los mayores costos y el impacto de las oscilaciones de las principales variables económicas en la operatoria de las licenciatarias”, como, por ejemplo, los costos de personal, de conectividad y de programación; y las inversiones de infraestructura en moneda extranjera.
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Además, expusieron que se tuvo en cuenta “la evolución de distintos índices que permiten demostrar la capacidad adquisitiva de un universo amplio de usuarios y usuarias que posee menores recursos con relación a otros”.
Cabe recordar que para octubre pasado y para este mes de diciembre, el ENACOM autorizó aumentos de hasta 19,8% y de hasta 9,8%, respectivamente. Esos incrementos se sumaron a otros dos incrementos de 9,5% que fueron aplicados en las facturas desde el 1° de mayo y el 1° de julio, respectivamente.
La normativa indica que cualquier incremento aplicado por las Licenciatarias de Servicios de TIC o DTH (TV Satelital) que supere esos topes deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago.
En el caso de que el usuario elija no abonar su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras no podrán suspender el servicio ni computar mora sobre esas facturas.
Las modificaciones que las empresas realicen sobre sus planes, precios y condiciones comerciales a partir de esta autorización para incrementar los precios, deberán ser comunicadas a Enacom al momento de su aplicación.
La aplicación de aumentos sólo permitirá a los prestadores que hayan cumplido, hasta el momento, con la reglamentación sobre precios minoristas dispuesta anteriormente.