La nueva ley estableció la garantía del servicio eléctrico en forma permanente. De esta manera, se podrá acceder al beneficio en el domicilio del titular del servicio o uno de sus convivientes. De la misma forma se puede acceder a un tratamiento tarifario especial gratuito de provisión de energía.
Para incorporarse al registro y recibir el beneficio:
1) Acceder al formulario de Solicitud de inscripción en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS). El mismo se encuentra disponible a través de portal web del Registro. El formulario debe ser suscripto por el médico tratante. Deberá consignar historia clínica, patología y equipamiento médico necesario para evitar riesgos en su vida o su salud.
2) Una vez completo por el médico y por el interesado, el usuario ingresará al RECS, a través del portal web correspondiente a fin de iniciar la solicitud de inscripción.
Luego el usuario debe ingresar los datos solicitados. Deberá adjuntar el formulario como soporte de la solicitud y la factura del servicio de suministro eléctrico y remitir. Dentro de los 60 días de iniciada la solicitud, debe remitir el formulario a la Subsecretaria de Gestión de Servicios Asistenciales. El incumplimiento de esta condición implica la baja automática del RECS.
3) La solicitud será evaluada por la Subsecretaria de Gestión de Servicios Asistenciales. Una vez recibida, se verificará que se ajuste a los criterios establecidos. En caso de considerarlo pertinente, podrá requerir la intervención de otras áreas o profesionales, a los fines de determinar la inscripción en el Registro.
El Ministerio de Salud podrá pedir al solicitante documentación, informes y/o estudios complementarios que considere necesarios para determinar la inscripción en el Registro.
De acuerdo con los antecedentes, la inscripción en el RECS podrá determinarse por el término de 6 meses, 1 año o 2 años.
El acto administrativo dictado será notificado al solicitante a través del Correo Postal Oficial. También será comunicado al Ministerio de Energía y Minería, al Ente Nacional Regulador de la Electricidad y a los entes u organismos reguladores de jurisdicción local, según corresponda.
La normativa
La norma fue sancionada por el Congreso el pasado 26 de abril. Consiste en «el reconocimiento de la totalidad de la facturación del servicio público de provisión de energía eléctrica bajo jurisdicción nacional».
A quienes estén registrados se les concederá «un grupo electrógeno o el equipamiento adecuado. los mismos serán sin cargo, incluyendo los costos de funcionamiento asociados. Estos deberán brindar la energía eléctrica necesaria para satisfacer sus necesidades».
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