El policía que mató de una patada a un hombre quedó acusado de homicidio preterintencional

Policía de la Ciudad
Según la versión policial, la víctima, de 41 años, «obstruía la vía pública». Su hermano aseguró que «no tenía ningún cuchillo».

El oficial inspector Esteban Armando Ramírez, miembro de la Policía de la Ciudad, está acusado de «homicidio preterintencional» luego de provocar la muerte de Jorge Gómez, de 41 años. El oficial le propinó una patada en el pecho y lo hizo golpear su cabeza contra el pavimento.

Ramírez fue trasladado por Gendarmería a la alcaidía de los Tribunales de la calle Talcahuano, donde está alojado. Este martes será indagado en el Juzgado Nº8 a cargo de la doctora Yamile Bernan.

El hecho ocurrió minutos antes de las 8 de la mañana del lunes en Carlos Calvo al 2600, en el barrio de San Cristóbal. Un video muestra cómo el oficial le aplica una patada en el pecho a Gómez, quien aparentemente «entorpecía el tránsito». Según figura en el expediente, éste último avanzó «con una actitud desafiante y la mirada perdida». Además, en el documento se lee que Gómez «esgrimió un pequeño cuchillo de cocina».

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Precisamente sobre éste último punto, el hermano de Gómez habló y negó que sea cierto. En declaraciones al programa El Morfi de Telefé, el familiar sostuvo que Gómez «No tenía ningún cuchillo».

Aún así, la estrategia del acusado se centrará en un planteo de «legítima defensa, como mínimo un exceso en la misma. El sujeto estaba armado, a corta distancia y no respondía a las ordenes», asegura una fuente.

¿Qué es el homicidio preterintencional?

La figura del «homicidio preterintencional» está prevista en el artículo 81 inciso B del Código Penal. La misma se aplica a quien «con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte».

Se le agrega por lo tanto una consecuencia no querida a un resultado que sí era previsible (las lesiones). Para diferenciar la calificación, si es homicidio simple o preterintencional, hay que tener en cuenta el medio usado y la intención del autor.

Los especialistas dicen por ejemplo que si se utilizó un cuchillo, o un arma de fuego, es razonable que podía con él matar a la víctima. Pero si se usaron los puños, tal vez la intención era solo provocar un daño físico.

El Código Penal trata sobre este delito en el artículo en el artículo 81 inciso b, estableciendo la pena de reclusión de tres a seis años, o prisión de uno a tres años.