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12 de agosto de 2026
Sociedad

EDICTO Asesoría de Menores e Incapaces Nro 3 de Quilmes

El Juzgado de Familia Nº 2 del Departamento Judicial de Quilmes, Secretaría Única, en el Expte. Nº 4306 caratulado » RODRIGUEZ JAZIEL ANTUAN Y OTRO/A S/ ABRIGO», notifica a la Sra. Rodriguez Ludmila Daniela, DNI 46.415.915, con último domicilio conocido en la ciudad de Berazategui, de los siguientes resolutorios: «Berazategui,16 de julio de 2026….RESUELVO: 1) OTORGAR la GUARDA de PEÑA AITHANA ANALEY, DNI 58706786 y RODRIGUEZ JAZIEL ANTUAN, DNI 59832607, a favor de FERNANDEZ BLANCA GISEL, DNI 27565835, en su carácter de abuela paterna, por el plazo de 1 año a contar desde la fecha de la presente, que podrá ser prorrogable por razones fundadas por igual plazo, debiendo a esos efectos concurrir por ante la Defensoría Oficial o patrocinio letrado de confianza. (arts 657 y cdtes del C.C y CN). 2) Se le hace saber a la guardadora que queda a su cargo el cuidado personal de los niños y que en tal carácter están facultadas para tomar las decisiones relativas a las actividades de su vida cotidiana, sin perjuicio de que la responsabilidad parental queda en cabeza de los progenitores quienes conserva los derechos y responsabilidades emergentes de esa titularidad y ejercicio. 3) Como consecuencia de lo resuelto, se da por concluida la medida de abrigo, recaratulándose las presentes como: “RODRIGUEZ JAZIEL ANTUAN Y OTRO/A S/ GUARDA A PARIENTES”, dejándose constancia en el sistema informático, con conocimiento a la Receptoría General de Expedientes Departamental. 4) OFÍCIESE al SZPPDNNA comunicando el presente decisorio y Notifíquese al progenitor mediante oficio de estilo. (arts 135 y cdtes del CPCC) y a la progenitora, Rodriguez Ludmila Daniela, DNI 46.415.915, conjuntamente con la resolución que decreta la legalidad de la medida de autos mediante edictos por el plazo de dos días en el Boletín Oficial y en el Periódico «El Progreso» de Berazategui…. FDO. WALTER BIANCO Juez. -» OTRO SI DIGO: «Berazategui, 19 de noviembre de 2025… RESUELVO: 1) Declarar la legalidad de la medida excepcional de abrigo dispuesta por el Servicio Zonal de la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños Niñas y Adolescentes en relación a los niños PEÑA AITHANA ANALEY, DNI 58706786 y RODRIGUEZ JAZIEL ANTUAN DNI 59832607 en el domicilio sito en sito en calle 29 nro 2834 Berazategui, bajo el cuidado de FERNANDEZ BLANCA GISEL, DNI: 27.565.835, abuela paterna, desde su adopción y por el plazo previsto en el art. 35.3 del Decreto 300/05. Fdo. SILVANA LEONE. JUEZA»

Redacción

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