Comienza a regir hoy la receta electrónica bonaerense: ¿Cómo funciona?

Comienza a regir hoy la receta electrónica bonaerense: ¿Cómo funciona?
Comienza a regir hoy la receta electrónica bonaerense: ¿Cómo funciona?

La Ley 27.553 de Recetas electrónicas o digitales, cuya reglamentación fue publicada hoy en el Boletín Oficial, define cómo se utilizarán estas recetas y cuáles son los datos mínimos que deben consignarse para que sean válidas, con el objetivo de garantizar que resguarden la confidencialidad y la inviolabilidad de los datos.

La implementación de los requisitos de las recetas electrónicas o digitales y el registro de sus plataformas será progresivo, indicaron desde el gobierno.

¿Qué son las recetas digitales y/o electrónicas y cómo se utilizan?

La receta digital y/o electrónica es un documento de carácter sanitario, confeccionado y firmado por una o un profesional de la salud con firma electrónica, mediante el cual se prescribe a una o un paciente medicamentos o cualquier otra práctica o prestación que requiere de receta.

Cualquier farmacia, servicios de farmacia de los establecimientos de salud, y establecimientos de salud deben suministrar los medicamentos prescriptos en cualquier formato de receta vigente, ya sea en papel o digital y/o electrónica.

La Ley 27.553 y su reglamentación aplican tanto para las recetas o prescripciones electrónicas o digitales médicas y odontológicas, o de otros profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir.

Las recetas digitales y/o electrónicas deben:

  • Ser únicas (tener un identificador unívoco que une profesional, medicamento y paciente), inalterables y seguras.
  • Garantizar la confidencialidad de los datos y los sistemas progresivamente interoperables (para poder intercambiar información con fines sanitarios).
  • Tener un contenido acorde con lo determinado por las leyes de ejercicio profesional y la prescripción por denominación genérica. (Ley 25.649)
  • Contar con una vigencia de 30 días para la prescripción de medicamentos y 60 para otras prescripciones, salvo disposición en contrario. Pudiendo realizarse recetas para tratamientos crónicos.
  • Ajustarse a las reglamentaciones necesarias, para permitir la implementación de las recetas digitales y/o electrónicas en el sistema sanitario argentino y para el cumplimiento de la ley de derecho de pacientes y de protección de datos personales. (Ley 26.529 y 25.326)

¿Qué cambia con la nueva reglamentación?

Se reglamenta la utilización de las recetas de modo seguro para pacientes y profesionales de la salud.

Además, se definen los requisitos para la validez de las recetas digitales y/o electrónicas y para el funcionamiento de las plataformas. Todo ello con el objetivo de garantizar que las mismas resguarden la confidencialidad y la inviolabilidad de los datos y se garantice el acceso oportuno de los usuarios y usuarias.

También se establece una implementación gradual y en articulación con las jurisdicciones. Esto permitirá mejorar las condiciones de seguridad y calidad de atención, como también la interoperabilidad de los sistemas y el resguardo de la seguridad de la información, conforme los requisitos que debe observar este importante documento sanitario según las leyes de protección de datos personales, derechos de pacientes, prescripción por denominación genérica, resistencia a los antimicrobianos, etc. (N° 25.326, 25.649, 26.529 y 27.680).

De esta manera, a partir del 1° de marzo ya no serán validas las foto recetas, enviadas a través de WhatsApp o por mail, y solo se podrá adquirir medicación en farmacias o droguerías a través de la orden médica en papel o con la receta electrónica, un archivo que confecciona el médico a través de una plataforma digital, con firma electrónica certificada y una identificación única mediante código de barras o código QR.

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