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27 de julio de 2026
Nacionales

Clínica privada mantenía cadáveres en estado de descomposición

Una clínica privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) fue clausurada por la justicia tras comprobarse que mantenían cadáveres en estado de descomposición en sus instalaciones.

Fue la Unidad Fiscal Especializada en Materia Ambiental (UFEMA) la que ordenó una inspección en el Sanatorio Ramón Cereijo de la Red BASA, ubicado en la calle Lavalle 1686 de esta Ciudad, a raíz de las denuncias de vecinos por la generación de olores fétidos que afectaban a las viviendas linderas, y perjudicaban las condiciones medio ambientales.

La inspección fue realizada por el Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal y la División Delitos contra la Salud de la Policía de la Ciudad, con la participación de inspectores de la Dirección General de Fiscalización y Control (DGFyC), Dirección General de Control Ambiental (DGCONTA) y personal del Ministerio de Salud.

En el procedimiento se verificó que el establecimiento funcionaba a pesar de la vigencia de una clausura impuesta por la DGCFyC con fecha 21/09/2021. A través del mismo se pudo establecer que los olores nauseabundos provenían de un sector donde se mantenían 7 cadáveres sin la debida refrigeración y condiciones de mantenimiento, lo que provocó el proceso de descomposición de los mismos.

Además, se verificó también que todas las muertes fueron por causas naturales, constatándose que el óbito más antiguo tenía más de un mes.

En consecuencia, se dispuso el cese de la actividad de la clínica, con la clausura preventiva del recinto donde se encontraban los cuerpos, previa constatación de las causales de los óbitos y de la documentación pertinente, hasta que se cumpla con la intimación de reubicación en otro establecimiento en condiciones o provisoriamente en la Morgue Judicial, con el anoticiamiento de los familiares y del Juzgado interviniente.

Asimismo, se procedió al secuestro de documentación y elementos de las maniobras ilícitas constatadas, que prima facie el fiscal Biglino las calificó como constitutivas de las contravenciones previstas en los arts. 56 y 82 inciso “a” del Código Contravencional, imputando al Director del Sanatorio, como así también a la persona jurídica que explota el establecimiento.

Interviene el Juzgado PCyF 27 a cargo de la Dra. De Paoli.

Redacción

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