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12 de septiembre de 2026
Conurbano

El gobierno bonaerense emitió un nuevo protocolo y habilitó actividades

Por Ignacio Hollman

El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires provincial anunció nuevas definiciones generales ante los pedidos de excepción a actividades y servicios del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO) recibidos por parte de los diferentes distritos bonaerenses.

Para cada uno de los distritos de la Provincia, el Ministerio de Salud ha procedido a analizar la cantidad de casos confirmados y sospechosos y el número de fallecimientos por el virus SARSCov-2. Esa información ha sido cruzada por las características sociodemográficas del distrito, las cuales podrían resultar en diferentes grados de riesgo de propagación de la infección y tasa de letalidad del virus en cada municipio.

A partir de los resultados de este análisis, y en estricto cumplimiento de la normativa nacional referida al otorgamiento de excepciones al ASPO para actividades y servicios, la provincia de Buenos Aires informa que ha tomado las siguientes definiciones, segmentadas para cada una de las áreas definidas por dicha normativa.

Disposiciones aplicables a toda la Provincia

Actividades manufactureras y de construcción privada, siempre y cuando i) se cumplan todos los parámetros epidemiológicos y sanitarios requeridos por la normativa nacional y provincial; ii) se presenten estrictos protocolos sanitarios y de funcionamiento; iii) se verifiquen las posibilidades de fiscalización por parte del distrito y iv) las empresas garanticen el traslado de los trabajadores y trabajadoras, sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.

Actividades comerciales de cercanía, siempre y cuando i) se cumplan todos los parámetros epidemiológicos y sanitarios requeridos por la normativa nacional y provincial; ii) se presenten estrictos protocolos sanitarios y de funcionamiento; iii) se verifiquen las posibilidades de  fiscalización por parte del distrito y iv) se asegure que la apertura de los locales comerciales sea operada por sus propios dueños o con empleados y empleadas locales. Se sugiere, además, que la atención y entrega de los productos, de ser posible, se realice en la vereda de los comercios, sin necesidad de ingreso al local y con las medidas de distanciamiento social que correspondan.

Actividades no habilitadas

Desde el gobierno provincial anunciaron que a partir de la fecha NO se habilitarán las siguientes actividades comerciales y de servicios para atención al público en locales comerciales del AMBA y otros aglomerados de más de 500.000 habitantes:

• Servicios de alojamiento;
• Servicios de peluquería y estética;
• Venta minorista de productos textiles; prendas y accesorios de vestir; calzado; juguetes;
artículos de esparcimiento y deportes: solo venta telefónica o por canales electrónicos, con
entrega a domicilio.
• Servicios de comidas y bebidas: solo entrega a domicilio o retiro en el local.
Por último, se recuerda que se encuentran absolutamente prohibidas en todo el territorio nacional
las siguientes actividades, de acuerdo con el DNU de orden público 459/2020:
• Dictado de clases presenciales de todo tipo y especie;
• Eventos públicos y privados de todo tipo y especie;
• Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes,
bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público que implique la concurrencia de personas.
• Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional.
• Actividades turísticas y apertura de parques, plazas o similares.

Redacción

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