Gils Carbó avaló el fallo que frenó el aumento del gas.

La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, consideró que la falta de audiencia pública restringió los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores, y dictaminó a favor de confirmar la sentencia que frenó los aumentos en las tarifas del gas.

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El dictamen publicado en la página web fiscales.gob.ar señala que «si bien es facultad del Ejecutivo definir la política pública en esta materia, el control judicial debe garantizar que su implementación se realice de acuerdo al marco legal vigente y sin afectar derechos humanos y fundamentales vinculados a la accesibilidad al gas».

Gils Carbó consideró que «Corresponde confirmar el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que, tras revocar la sentencia de primera instancia, había declarado la nulidad de las resoluciones 28/2016 y 31/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y ordenó que el marco tarifario correspondiente al servicio de gas se retrotrajera a las tarifas vigentes con anterioridad al dictado de esas medidas».

La Procuradora señaló que se interpretó “adecuadamente el derecho federal vigente al concluir que el aumento tarifario no pudo ser válidamente implementado sin la realización previa de una audiencia pública dado que la Ley 24.076 de Gas Natural impone ese mecanismo como herramienta para garantizar el derecho constitucional de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores previsto en el artículo 42 de la Constitución Nacional”.

La opinión de Gils Carbó será ahora elevada a la Corte Suprema de Justicia, para que el máximo tribunal se aboque así a tratar la validez de la resolución de la Justicia platense, con alcance nacional.

Luego de recibir el escrito, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti estarán habilitados para tomar una decisión, y no se descartaba que los ministros puedan, incluso, definirlo a partir de mañana.